LEGISLACIÓN

La Seguridad Social impulsa la cotización solidaria

Entra en vigor la aplicación de la cuota de la solidaridad que pretende fortalecer el sistema de pensiones

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El pasado día 01.01.25 entró en vigor el artículo 2 del Real Decreto 322/2024, de 26 de marzo, por el que se modifica el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre (BOE núm. 22, de 25.01.96), incorporando al mismo la regulación necesaria para hacer posible la aplicación de la llamada cotización de solidaridad, adicional para las retribuciones que excedan de la base máxima anual de cotización.

Esta nueva cuota ha sido arbitrada legalmente para fortalecer el sistema de pensiones español ante un escenario -el de la jubilación de muchas personas trabajadoras de la generación del Baby Boom-, que demandará muchos recursos, de los exiguos de las arcas públicas.

La cuota de solidaridad consiste en una cotización adicional para la porción del salario que exceda de la base máxima de cotización establecida para cada año por los Presupuestos Generales del Estado, que -hasta ahora- no ha estado sujeta a contribuciones a la Seguridad Social.

El importe de esta cuota será el resultado de aplicar a cada uno de los tres tramos de retribución que superen la base máxima de cotización establecidos por la norma, determinados porcentajes -crecientes- fijados para cada año, entre el 2025 y el 2045, ambos inclusive.

El primer tramo abarca desde la base máxima hasta el 10% adicional a esta; el segundo tramo se extiende desde el 10% hasta el 50% por encima de la base; y, el tercero tramo, alcanza a aquellas retribuciones que sobrepasen el 50% de la base máxima de cotización.

 

Javier Abelló

Asesor Laboral Email: assessories@elcol-legi.org

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