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¿Qué es un seguro de Defensa Jurídica personal?

Ofrece protección legal tanto de forma individual como de forma colectiva a familias, empresas o comunidades de propietarios.

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Los seguros de Defensa Jurídica tienen muchas modalidades y ofrece protección legal tanto de forma individual como de forma colectiva a familias, empresas o comunidades de propietarios. ARAG explica qué cubre su seguro de Defensa Jurídica Personal.

¿Qué es un seguro de Defensa Jurídica personal?

Un seguro de Defensa Jurídica Personal es un tipo de póliza que da respaldo ante situaciones legales cotidianas. Este seguro ofrece asesoría y protección en distintos ámbitos, como conflictos laborales, temas familiares, reclamaciones como persona consumidora y cualquier consulta jurídica.
Si se necesita representación en un juicio, se cuenta con el apoyo de un abogado sin costes adicionales. Además, se tiene acceso a asesoría jurídica telefónica ilimitada para resolver todas las dudas legales de forma sencilla y rápida.

¿Qué cubre un seguro de Defensa Jurídica personal?

Estas son algunas de las coberturas que tiene el seguro de Defensa Jurídica personal de ARAG.
• Asistencia Jurídica Telefónica: Los abogados y abogadas de ARAG están disponibles para resolver cualquier duda legal, sin límite de consultas.
• Defensa como consumidor: ARAG asesorará y reclamará en el caso que se haya comprado algo y no se haya quedado satisfecho.
• Defensa en cuestiones del ámbito laboral: Si hay problemas en el trabajo, ARAG reclamará todo aquello que no sea legal.
• Defensa en lo relativo a la vivienda: Si se necesita ayuda legal para problemas con los vecinos, la comunidad o con el seguro del hogar, ARAG responderá.
• Redacción y revisión de contratos.

¿Qué exclusiones tiene el seguro de Defensa Jurídica personal?

Para saber las exclusiones, siempre es mejor consultar el Condicionado General, donde se explicará una por una. Pero, en general, hay que tener en cuenta dos cuestiones:
• Preexistencias. Normalmente, todo aquello que haya pasado antes de contratar el seguro no quedará cubierto. Y es que un seguro es, en realidad, una forma de prevención.
• Plazo de carencia. Es el tiempo que ha de transcurrir entre el alta del seguro y la posibilidad de solicitar la utilización de algunas de las prestaciones que ofrece el seguro.

Ahora que ya sabes qué puede hacer por ti este seguro, ¿a qué estas esperando para contratarlo?

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