¿Qué deducciones me puedo aplicar en la Declaración de la Renta 2025?

23/04/26

UN CONTENIDO ARAG

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Desde ARAG indican que siempre deberemos analizar si tenemos derecho a aplicar alguna deducción porque esto reducirá nuestra factura fiscal. María Esther González, abogada fiscalista de la compañía, indica las deducciones más habituales, pero apunta que “siempre debemos revisar las deducciones de cada Comunidad por si pudiésemos beneficiarnos”.

  • Deducción por donativos. Permite deducirse el 80% de los primeros 250€ y 40% del resto (45% si hay donativos iguales o superiores en los años anteriores) en donativos a entidades sometidas a la Ley 49/2002. En el caso de las fundaciones, se permiten deducciones del 10%.
  • Deducción por obras de eficiencia energética. La realización de obras de eficiencia energética permite deducciones de entre 1.000€ (para casos de reducción de la demanda de calefacción y refrigeración) y hasta 3.000€ (en obras de mejora de consumo de energía primaria no renovable u obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial). Esta deducción ha sido de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2024, salvo para las obras de rehabilitación energética de edificios, que se ha mantenido hasta el 31 de diciembre del 2025.
  • Deducción por adquisición de vehículos eléctricos. Existen deducciones de hasta 3.000€ por la compra de un vehículo eléctrico y de 600€ por la instalación de un punto de recarga. Su vigencia ha sido prorrogada durante todo el 2025.
  • Deducción por maternidad. Permite deducirse 1.200€ por cada hijo menor de 3 años. Se puede incrementar en 1.000€ adicionales por los gastos de guardería o educación infantil, siempre que sean centros autorizados. Se permite la solicitud de cobro anticipado.
  • Deducción por familia numerosa y persona con discapacidad a cargo. Una deducción de 1.200€ que se puede ver incrementada en diferentes supuestos. Se permite la solicitud de cobro anticipado.

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